SANCIONES A ABOGADOS DEFENSORES QUE INCURRAN EN ACCIONES QUE PERJUDIQUEN A SUS REPRESENTADOS

La diputada María del Consuelo Carmona Salas, propuso una iniciativa que modifica la Ley de Defensoría Social del Estado, con el objetivo de incluir acciones que permitan sancionar a los abogados defensores en caso de incurrir en alguna acción que perjudique el proceso de sus representados.

La legisladora señaló que el Diccionario Jurídico Mexicano de la Suprema Corte de Justicia de la Nación recopila el concepto de Defensoría de Oficio, como la institución pública encargada de proporcionar los servicios de asistencia gratuita a las personas que careciendo de recursos económicos suficientes para cubrir los honorarios de un abogado particular, se vean precisados a comparecer ante los tribunales como actoras, demandadas o inculpadas.

Consideró que un defensor de oficio para muchas personas es la única forma de permitir el acceso a la justicia a las personas menos favorecidas.

La iniciativa propone que los abogados defensores incurrirán en infracción cuando incurran en negligencia en la preparación, ofrecimiento y desahogo de pruebas que pudieran favorecer a sus representados, así como que proporcionen información de los asuntos a su cargo a la contraparte o a personas que no tengan interés legítimo.

La diputada señaló que los defensores de oficio deben cumplir e impulsar el correcto cumplimiento de las labores encomendadas legalmente, por lo que su iniciativa surge después del análisis a la Ley de Defensoría Social del Estado.

La iniciativa fue turnada de comisiones para su análisis y posteriormente ser discutida y votada en el Pleno del Congreso del Estado.

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